La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló el nombramiento de Alberto Carrasquilla Barrera como miembro de dedicación exclusiva de la Junta Directiva del Banco de la República. Esto, Tras considerar que no se acató la Ley de Cuotas.
En un comunicado, esta precisó que encontró acreditado que tal nombramiento desconoció el artículo 4 de la Ley 581 de 2000, que establece la participación adecuada de la mujer en los máximos niveles decisorios en un mínimo del 30 % (cuota de género), además, de otros postulados de rango convencional y constitucional que protegen el derecho a la igualdad.
“La Sala de lo Electoral, en consecuencia consideró que al ser cinco los miembros de dedicación exclusiva, la cuota de género del 30 % se cumplía con dos mujeres, por lo cual, para proveer la falta absoluta ocasionada con la renuncia de Carolina Soto, se debió nombrar una mujer, lo que no ocurrió, por el contrario esos miembros quedaron integrados por cuatro hombres y una sola representante del género femenino”, argumentó.