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¿Cómo va el proceso de la alimentación escolar en el Huila?

Se dio inicio a la audiencia de adjudicación del proceso de licitación pública, mediante el cual la Gobernación del Huila, pretende contratar el operador del programa de alimentación escolar PAE para lo que queda de la vigencia 2020,

Un proceso que grupos veedores vienen siguiendo y que ven con preocupación ya que denuncian manipulación en el proceso.

El orden de elegibilidad de las ofertas apunta como futuros contratistas a los proponentes Lácteos Appenzell empresa que tiene múltiples demandas por la estafa a su anterior dueño y la UT Fundanutrición, quienes puntean en la licitación pública a pesar de denuncias de errores en las propuestas.

Así lo manifestó en audiencia el señor Arnulfo Molina quien actuó como veedor del proceso y al cual le fue reconocida personería jurídica en audiencia como tal por parte de la entidad, quien manifestó su preocupación por el incumplimiento de Lácteos Appenzell con el requisito habilitante experiencia del proponente ya que no cumple con las raciones efectivamente suministradas solicitadas, las cuales deberían ser evaluadas conforme a las zonas que presenta propuesta, ratificando su preocupación por el actuar de la entidad estatal en el proceso de contratación.

Igualmente, objetó la posición del comité evaluador respecto a la aclaración presentada por Lácteos Appenzell, en cuanto al profesional Jhon Albeiro Ávila, quien luego de notificar a la entidad, desde su correo electrónico, el cual es único y personal y prueba legal de su manifestación, el no haber autorizado la presentación de su hoja de vida para el proceso de contratación, solicitando el retiro de la misma, de forma sospechosa con fecha posterior al cierre y con la presentación de una nueva manifestación, se retracta de lo dicho.

El hecho es calificado por los veedores como un posible chantaje por parte de Lácteos Appenzell, ya que argumentan que se ha venido presentando esa situación en otros procesos de contratación, como ocurrió en el municipio de Tocancipá.

A ello se le agrega el factor técnico de selección parte de la evaluación de cumplimiento de uno ciclos de menú (minuta) conforme a lo establecido en la resolución 29452 de 2017 con unas variables de calificación entre las cuales tenemos: (i) VARIEDAD (ii) FRECUENCIA (iii) TAMAÑO DE LA PORCIÓN (iv) APORTE NUTRICIONAL y (vi) GUÍAS DE PREPARACIÓN, variables que en su mayoría están sujetas a la interpretación subjetiva del evaluador, ya que son situaciones no medibles de la minuta y no se encuentran regladas dentro de la resolución 29452.

El caso sigue generando preocupación dentro de los veedores ya que lo califican como un supuesto pago de favores.

FOTO: Suministrada.

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