Con el propósito de preservar la vida y la integridad de los neivanos durante las celebraciones de fin de año, la Alcaldía de Neiva expidió el Decreto 0467 de 2025, mediante el cual se regula la venta, distribución y uso de pólvora entre el 1 de diciembre de 2025 y el 12 de enero de 2026.

La normativa prohíbe expresamente la manipulación de fuegos artificiales por menores de edad o personas en estado de embriaguez, así como la comercialización informal de estos productos. Además, impide la contratación de niños y adolescentes en actividades relacionadas con pólvora o bebidas alcohólicas.

El decreto también establece los requisitos para los espectáculos pirotécnicos de categoría 3, que deberán contar con autorización previa de la Secretaría de Gobierno y los conceptos técnicos del Cuerpo de Bomberos y la Oficina de Gestión del Riesgo. Solo personal capacitado y con póliza de responsabilidad civil podrá manejar este tipo de eventos.

Las autoridades locales, en conjunto con la Policía Metropolitana de Neiva, efectuarán inspecciones y aplicarán sanciones a quienes incumplan las disposiciones, conforme a la Ley 1801 de 2016. Las medidas buscan reducir el uso indebido de pólvora y evitar emergencias que afecten a la población y al entorno natural.

Finalmente, la Administración Municipal invitó a las familias neivanas a disfrutar de unas festividades seguras, sin pólvora y con plena conciencia sobre la protección de la vida, la salud y la tranquilidad ciudadana.