Minsalud y las medidas de atención tras el terremoto
El Ministerio de Salud y Protección Social estableció nuevas medidas para garantizar la continuidad de los servicios de salud en el país tras el terremoto y evitar que los daños ocasionados por la emergencia se conviertan en nuevas barreras de acceso para los pacientes. Las disposiciones están dirigidas principalmente a las EPS y a las instituciones de salud ubicadas en los territorios afectados.
A través de la Circular Externa 0028 de 2026, la cartera de Salud impartió instrucciones a los diferentes actores del sistema para mantener una atención oportuna e integral durante la emergencia. Entre las principales obligaciones se encuentra garantizar la disponibilidad y continuidad de las redes de prestación de servicios, así como revisar de manera permanente su capacidad para responder a las necesidades de la población.
Cuando sea necesario, las entidades deberán ampliar, adecuar, reconfigurar o sustituir servicios de salud. También tendrán que mantener habilitados canales de contingencia e informar oportunamente cualquier modificación en las rutas, redes o puntos de atención, con el fin de que los usuarios conozcan dónde pueden recibir los servicios que requieren.
La medida establece especial atención para las personas que necesitan seguimiento médico permanente. En este grupo se encuentran los pacientes con enfermedades crónicas o de alto costo, mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, así como quienes se encuentren actualmente en tratamiento.
Las EPS también deberán garantizar el acceso a medicamentos y tecnologías en salud, incluso cuando estos hayan sido perdidos o destruidos como consecuencia del terremoto. De igual manera, tendrán que facilitar la prestación de servicios que ya habían sido autorizados y estaban pendientes de atención, sin imponer barreras administrativas a los pacientes.
Las disposiciones también cobijan a las personas que debieron abandonar temporalmente sus lugares de residencia por causa de la emergencia. Para garantizar su atención, las entidades podrán implementar consultas prioritarias, servicios de salud mental, telemedicina, vehículos asistenciales y atención extramural, de acuerdo con las necesidades de cada territorio.
El Ministerio recordó que las EPS son responsables de garantizar la continuidad de los tratamientos de los pacientes que se encontraban hospitalizados al momento del terremoto y que tuvieron que ser trasladados a otras instituciones debido a daños en la infraestructura. El objetivo es evitar que el cambio de centro asistencial interrumpa la atención médica.
En materia de recursos, la Circular Externa 0028 contempla la posibilidad de presentar ante la ADRES solicitudes para el reconocimiento de servicios de salud y otros gastos derivados de la emergencia, incluidos los relacionados con transporte hacia los centros asistenciales, indemnizaciones por muerte, gastos funerarios e incapacidad permanente. Para los servicios de salud, la ADRES emitirá certificados de reconocimiento hasta por $36.749.788,32. Cuando los costos superen ese monto, corresponderá a la EPS asumir el reconocimiento y pago respectivo.
Finalmente, la Superintendencia Nacional de Salud reforzará la vigilancia sobre el sistema para identificar posibles barreras de acceso, negaciones o demoras en la atención, interrupciones de tratamientos y fallas en las redes de prestación de servicios.
Con estas medidas, el Ministerio de Salud busca evitar que los efectos del terremoto deriven en una segunda emergencia sanitaria y garantizar que las personas afectadas puedan continuar recibiendo los servicios, medicamentos y tratamientos que necesitan mientras avanza la recuperación de la infraestructura sanitaria en las zonas impactadas.
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