El Ministerio de Trabajo dejó en firme una sanción contra la Lotería del Huila por no ascender a un funcionario pese a la existencia de una vacante disponible, como lo exige la Convención Colectiva de Trabajo. La multa impuesta equivale a 250 UVT, es decir, $10.603.000, y se dio tras una queja presentada en 2021 por dirigentes sindicales de la Federación General de Trabajadores del Huila.
La queja se fundamentó en la negativa de la entidad, bajo la gerencia de Ivanna Alejandra Quijano, para ascender a Jovel Muñoz, quien cumple con los requisitos exigidos para ocupar el cargo vacante de profesional universitario en el área de tesorería. Según los sindicalistas, esta omisión vulnera acuerdos colectivos y constituye un acto arbitrario y de abuso de autoridad.
El ministerio destacó la obligación de cumplir las convenciones colectivas, las cuales tienen carácter vinculante según la sentencia C-902 de 2003 de la Corte Constitucional. Además, cuestionó por qué la gerencia aprobó el artículo 13 de la convención para cubrir vacantes, pese a la existencia de un acuerdo previo que regulaba este asunto desde 2015.
Finalmente, se evidenció que los responsables conocían las normativas aplicables pero actuaron de forma negligente. El Ministerio reiteró que las convenciones colectivas son actos jurídicos de cumplimiento obligatorio, cuya violación puede acarrear responsabilidades legales.