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Prohibido el castigo físico a menores en Colombia

Los correazos, bofetadas, ‘chancletazos’ y toda forma para reprender a los menores en las que se utilice el castigo físico quedaron definitivamente prohibidas en Colombia.

Así quedó establecido luego de que el Congreso de la República aprobara en último debate un proyecto de ley que reforma el artículo 262 del Código Civil Colombiano en el que se establece que «los padres o la persona encargada del cuidado personal de los hijos tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos moderadamente».

Lo anterior indica que actualmente el Código Civil autoriza el uso de “la palmadita” y el “chancletazo” para la crianza. Esto es lo que se denomina castigo físico y es lo que quedará prohibido a partir de esta nueva ley, que para entrar en vigencia debe ser sancionada por el presidente Iván Duque. 

Gloria Carvalho, Secretaria Ejecutiva de la Alianza por la Niñez Colombiana, dijo que con esta ley «Colombia se está poniendo al día con sus obligaciones contraídas como suscriptor de la Convención de los Derechos del Niño.

TEXTO: El Tiempo.

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