Con el propósito de proteger el empleo, facilitar el nacimiento de nuevos emprendimientos y apoyar la recuperación, reactivación y competitividad del turismo, el Presidente Iván Duque Márquez, al lado de su Gobierno, impulsó en el Congreso de la República leyes claves para reactivar la economía del país en el marco de la crisis generada por la pandemia del covid-19.
Ley de Turismo
Con el fin de brindar beneficios tributarios y estímulos para el desarrollo del sector, el Presidente Iván Duque sancionó la Ley del Turismo, de la cual el Jefe de Estado siempre ha dicho que “es el nuevo petróleo de Colombia” y que es una de las industrias más importantes para la economía del país. Además de ser un jalonador de desarrollo y crecimiento para las regiones, es un gran creador de empleo.
“Este 2021 tiene que ser el año de la reactivación del turismo en nuestro país. Colombia puede convertirse en la joya de la corona del turismo en América Latina”, puntualizó el Jefe de Estado
A través de esta nueva legislación, el Gobierno Nacional y las entidades del sector buscan fortalecer la formalización y competitividad del sector, promover la recuperación y reactivación de la industria turística y fomentar la sostenibilidad ambiental de los destinos turísticos.
Por otra parte, a través de diferentes mecanismos, la norma no solo busca beneficiar a los 36.000 empresarios que cuentan con el Registro Nacional de Turismo (RNT) vigente, sino a los millones de viajeros que todos los años visitan los diferentes destinos del país.
Incentivos tributarios
• Tarifa del 0% al impuesto nacional de consumo.
• Exención del IVA para los servicios hoteleros: IVA del 5% para la adquisición de tiquetes aéreos; se excluye del IVA la comercialización de artesanías y las franquicias de comidas y bebidas; exención del pago a la sobretasa de energía para los subsectores hoteleros, parques de atracciones, parques temáticos y eventos, y ampliación de un año en la aplicación de la tarifa especial del 9% del impuesto sobre la renta para los servicios prestados en nuevos hoteles, hoteles remodelados, parques temáticos o muelles náuticos.
• Modernización, legalidad y formalización de todos los actores del sector, incluyendo las nuevas plataformas digitales, para generar mayor competitividad e igualdad en las reglas.
• Regulación a las plataformas tecnológicas que ofrecen servicios turísticos, sin excepción, deben contar con Registro Nacional de Turismo (RNT).
• Contribución parafiscal por parte de los operadores de plataformas digitales de servicios turísticos. En caso de publicidad engañosa, los operadores de plataformas electrónicas deben indemnizar a los consumidores.
• Los guías de turismo, que prestan el servicio en su lengua nativa y no sean bilingües, podrán ser acreditados con una evaluación de competencias.
• Apoyo de Fontur para San Andrés, Providencia y Santa Catalina frente a los estados de emergencia.
• Los ingresos fiscales de Fontur se podrán utilizar como auxilios fundamentales para los prestadores turísticos que puedan resultar afectados por estas condiciones. Así mismo para recuperar áreas turísticas perjudicadas.
• Mayores recursos para la recuperación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ya que, por cada USD15 de impuesto nacional al turismo, Fontur debe destinar USD,5 para infraestructura, promoción y competitividad en el Archipiélago y USD,5 para la reconstrucción de Providencia y Santa Catalina durante el 2021.
A través de la nueva legislación se busca hacer del turismo una actividad más sostenible y poner a Colombia a la altura de los países responsables con el medioambiente, ya que vincula al país con la Iniciativa Mundial de Turismo y Plásticos, liderada por la Organización Mundial del Turismo y el Programa para las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.
Ley de Trabajo en Casa
La Ley 2088 de 2021, por la cual se regula el Trabajo en Casa en Colombia, permite que el país ya cuente con elementos jurídicos para proteger el empleo en el marco de situaciones ocasionales como la generada por la pandemia del covid-19.
El Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, indicó que “hace un año no existía ninguna normatividad que dijera cómo proteger los temas laborales y los puestos de empleo ante circunstancias excepcionales, por esta razón propusimos crear la figura de Trabajo en Casa, para que de aquí en adelante tengamos las herramientas para salvaguardar el empleo”.
De esta forma, trabajadores y empleadores podrán acudir a la modalidad de trabajo en casa por una vigencia de hasta tres meses, prorrogables por otro periodo igual o hasta que desaparezcan las circunstancias que ocasionaron la excepción.
Así mismo, se destaca que la relación laboral continuará bajo los términos pactados al inicio del contrato, con el fin de que el empleado cuente con los mismos derechos y garantías, que incluyen jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada laboral, derechos de asociación, negociación sindical y prestaciones económicas y asistenciales.
En ese sentido, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que lleven a aplicar el Trabajo en Casa, no se podrán desmejorar las condiciones del contrato inicial y el empleado tendrá la garantía de disfrutar su tiempo de descanso y la conciliación de su vida personal, familiar y laboral.
Los trabajadores que devenguen hasta dos SMMLV y que se les reconozca el auxilio de transporte, recibirán este pago a título de auxilio de conectividad digital durante el tiempo que presten sus servicios bajo la habilitación de trabajo en casa. En este caso, los dos auxilios económicos no serán acumulables.
Durante el tiempo laborado de manera remota, el trabajador también continuará amparado por las acciones de promoción y prevención, así como las prestaciones económicas y asistenciales en materia de riesgos laborales.
De otro lado, cabe resaltar que la Ley sancionada es diferente a la legislación que regula el Teletrabajo en Colombia (Ley 1221 de 2008), que sienta las bases para una modalidad laboral permanente, que se soporta en el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
Ley de Emprendimiento
La Ley 2069 del 31 de diciembre de 2020, “por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”, es una ley integral diseñada a la medida de todos los emprendedores, sin importar el tamaño de sus negocios, que tiene como objetivo brindar un marco regulatorio moderno que facilite el nacimiento de nuevos emprendimientos y empresas, que los ayude a crecer y a incentivar la creación de nuevos empleos.
Aportes más importantes de la Ley
• Reducción de cargas y trámites para los emprendedores del país, con el objetivo de facilitar su creación, formalización y desarrollo.
• Mejores condiciones en el mercado de compras públicas para la participación de emprendedores y microempresarios.
• Incentivo del crecimiento con la llegada de más actores al ecosistema de inversión y financiación.
• Fortalecer a iNNpulsa Colombia como entidad líder en la identificación, acompañamiento y promoción del ecosistema emprendedor, para optimizar la gestión de recursos e incentivar una visión integral.
• Facilitar la apropiación del emprendimiento y la cultura emprendedora en la juventud colombiana a través de los colegios y las instituciones de educación superior.
Esta normativa también cuenta con cinco ejes estratégicos, dentro de los cuales se encuentran el de las tarifas diferenciadas y simplificación; compras públicas; financiamiento; institucionalidad, y educación y desarrollo de habilidades para el emprendimiento.
El eje de Tarifas Diferenciadas y Simplificación, tiene como objetivo Garantizar una reducción de tarifas y medidas que faciliten la constitución y funcionamiento de empresas.
Por su parte, el eje de compras públicas busca ampliar mercados y promocionar a las mipymes y emprendimientos al facilitar su acceso al mercado de compras públicas.
En cuanto al eje de financiamiento, facilita la consecución de recursos e incentivar mejores condiciones para que los emprendedores accedan a instrumentos financieros.
Por medio del eje de institucionalidad se busca actualizar el marco normativo alrededor de la institucionalidad para el emprendimiento, que se ajuste a las necesidades de los emprendedores y fortalezca el SNCI y los ecosistemas regionales.
Finalmente, el eje de educación y desarrollo de habilidades para el emprendimiento, tiene como objetivo facilitar la apropiación del emprendimiento y la cultura emprendedora en el país a través de colegios e instituciones de educación superior.