Financiar compras con tarjeta de crédito o acceder a un préstamo de consumo será más costoso en Colombia durante agosto. La Superintendencia Financiera certificó el Interés Bancario Corriente (IBC) en 19,77 % efectivo anual, lo que representa un incremento de 58 puntos básicos frente al 19,19 % que estuvo vigente durante julio.

Como consecuencia de este ajuste, la tasa máxima de usura para los créditos de consumo y ordinarios aumentó a 29,66 % efectivo anual, superando el límite de 28,79 % que aplicó el mes anterior. Este porcentaje corresponde al tope legal que las entidades financieras pueden cobrar por concepto de intereses en este tipo de créditos.

La modificación fue oficializada mediante la Resolución 1139 de 2026 y tendrá un impacto directo en quienes utilicen tarjetas de crédito para realizar compras a plazos o soliciten préstamos de consumo. Además, quienes incurran en mora durante agosto también enfrentarán mayores costos financieros debido al incremento en las tasas de interés.

La Superintendencia Financiera explicó que el aumento del Interés Bancario Corriente eleva automáticamente el límite permitido para el cobro de intereses. Por ello, las compras diferidas a varias cuotas y los saldos pendientes en las tarjetas de crédito podrán generar un mayor costo para los consumidores durante este mes.

La certificación también fijó los nuevos límites para otras modalidades de crédito. En el caso del consumo de bajo monto, la tasa máxima de usura quedó en 65,46 %; para el crédito productivo urbano será de 59,67 %; el productivo rural tendrá un tope de 33,56 %; mientras que el crédito popular productivo urbano alcanzará el 88,97 % y el popular productivo rural el 68,55 % efectivo anual.

Ante este panorama, expertos recomiendan a los usuarios evitar diferir compras a varias cuotas cuando sea posible, pagar oportunamente las obligaciones para no generar intereses de mora y comparar las tasas ofrecidas por las distintas entidades financieras, ya que, aunque existe un límite legal, no todos los bancos cobran el porcentaje máximo autorizado.