Congreso puede cambiar la sede de la posesión presidencial
El secretario general del Senado, Diego González, aseguró que el Congreso de la República tiene la autonomía para definir el lugar donde se realizará la sesión de posesión del presidente electo, Abelardo De La Espriella. Explicó que, si senadores y representantes aprueban una proposición para modificar la sede, la ceremonia podría llevarse a cabo en un sitio diferente al Capitolio Nacional. Sin embargo, aclaró que si el lugar elegido fuera una guarnición militar, se requeriría la autorización correspondiente, ya que esa decisión dejaría de depender exclusivamente del Congreso.
Las declaraciones se producen en medio de la controversia generada por el presidente Gustavo Petro, quien ordenó que ninguna guarnición militar sea utilizada para la ceremonia de posesión del mandatario electo. Debido a que Petro continuará siendo comandante en jefe de las Fuerzas Militares hasta el término de su mandato, el próximo 7 de agosto, la directriz impediría que el acto protocolario se realice en una instalación militar mientras permanezca en el cargo.
González reiteró que esa situación no limita las competencias del Congreso y sostuvo que, si las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes aprueban por mayoría el cambio de sede, la corporación podrá trasladar la sesión de posesión. «El Congreso es autónomo en lo que tiene que ver al interior del Congreso», afirmó, al explicar que la modificación del lugar solo requiere la aprobación de una proposición por parte de los legisladores.
En cuanto a la logística, el secretario general indicó que un eventual cambio de sede no representaría mayores inconvenientes para el Legislativo, pues el procedimiento para el traslado de los congresistas sería el mismo que se utiliza para las sesiones ordinarias, ajustando únicamente el destino de los tiquetes aéreos de acuerdo con el sitio que sea aprobado. Asimismo, señaló que no conoce antecedentes sobre una eventual sesión mixta, presencial y virtual, aunque recordó que la Corte Constitucional ha establecido que este tipo de actos deben realizarse, por regla general, de manera presencial.
Finalmente, González precisó que para llevar a cabo la sesión será indispensable cumplir con el quórum decisorio tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes, es decir, contar con la asistencia de la mitad más uno de los integrantes de cada corporación.
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