DIAN anuncia alivios tributarios tras terremoto
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que el Gobierno Nacional puso en marcha un paquete de medidas tributarias, aduaneras y cambiarias para facilitar la atención de la emergencia y la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto.
El Decreto Legislativo 1419 establece beneficios para contribuyentes de todo el país con obligaciones en mora anteriores al 10 de agosto de 2026. Quienes se pongan al día, corrijan o presenten sus declaraciones pendientes antes del 19 de noviembre podrán acceder a una reducción del 85 % en las sanciones y a una tasa preferencial de interés moratorio del 4,5 % anual.
La norma también contempla beneficios para contribuyentes que tengan procesos ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo, con demandas presentadas antes del terremoto. En primera instancia podrán conciliar el 85 % de las sanciones e intereses, mientras que en segunda instancia el beneficio será del 80 %, bajo las condiciones establecidas en el decreto. Estas medidas no aplican a los Grandes Contribuyentes.
Además, las donaciones o pagos en especie recibidos por las personas afectadas, hasta por 2.600 UVT por beneficiario, serán considerados ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. También se permitirá donar a la Nación saldos a favor reconocidos por la DIAN para financiar la atención del desastre, lo que dará lugar a un descuento tributario conforme a la normativa vigente.
Para los contribuyentes con domicilio fiscal en las zonas afectadas, se habilitaron facilidades especiales de pago. Podrán solicitar acuerdos de hasta 24 meses sin garantía o de hasta 36 meses con garantía personal cuando las deudas no superen las 6.000 UVT, equivalentes a $314.244.000. Asimismo, quienes ya tenían acuerdos de pago y entraron en mora después del terremoto podrán reprogramar, por una sola vez y hasta por 12 meses, las cuotas correspondientes al periodo entre el 10 de agosto y el 31 de diciembre de 2026.
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