El Consejo de Estado anunció la suspensión provisional del decreto que estableció el aumento del salario mínimo para 2026, decisión que deja sin efectos, por ahora, el incremento decretado por el Gobierno Nacional a finales del año pasado.

El pasado 29 de diciembre, el presidente Gustavo Petro había fijado mediante decreto el denominado “salario mínimo vital” en $1.750.905, más el auxilio de transporte, para un total de $2.000.000. Sin embargo, la medida judicial obliga al Ejecutivo a expedir un nuevo decreto en un plazo máximo de ocho días calendario.

De acuerdo con el fallo, “a título de medida cautelar, se ordena a las entidades demandadas que, dentro de los ocho días calendario siguientes a la notificación de esta providencia, expidan y publiquen un decreto en el que se fije un porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026”. Es decir, el nuevo valor deberá definirse a más tardar el sábado 21 de febrero.

El alto tribunal también precisó que el Gobierno deberá fundamentar su decisión con base en los criterios económicos y constitucionales establecidos en la Ley 278 de 1996, entre ellos la meta de inflación del Banco de la República, la productividad certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB), la inflación real del año 2025 y la contribución de los salarios al ingreso nacional.

Asimismo, el fallo resalta la importancia de mantener una remuneración mínima, vital y móvil, en consonancia con la protección del trabajo, la función social de la empresa y los principios constitucionales que orientan la dirección económica del Estado.