El Gobierno Nacional, en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, y ante la alta demanda que se registra, restringió las exportaciones de 24 productos que son necesarios para prevenir y contener el contagio de coronavirus entre la población colombiana.
Alcohol, jabón, papel higiénico, guantes de uso médico o de atención, medicamentos para uso humano, desinfectantes, paños y toallas húmedas, gel antibacterial, tapabocas de varios tipos y equipos médicos de varios tipos son algunos de los bienes que no se podrán exportar durante los próximos 6 meses, según lo establece el Decreto 462 del 22 de marzo de 2020.
La decisión se adopta ante la alta demanda de esta clase de bienes, indispensables en estos momentos de coyuntura sanitaria, y con apego a la Constitución Política, la cual garantiza la propiedad privada y derechos adquiridos, pero también establece que el interés público prima sobre el particular, por motivos de interés social o de utilidad pública.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, explicó que se ha registrado una alta demanda de esos productos que son requeridos de manera inmediata para la atención de la población, por lo que es necesario garantizar su suministro.
De lo contrario, se podría afectar la capacidad de atención de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud para afrontar la emergencia sanitaria, así como de distintas empresas, por ejemplo, de transporte masivo, entidades gubernamentales, fuerzas de seguridad y empresas de orden estratégico que deben continuar funcionando de forma presencial e ininterrumpida durante la pandemia, entre otras.