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Una nueva forma de administrar las pensiones

El 16 de enero de 2025 es el plazo máximo que tienen los afiliados a Colpensiones, que no estén en régimen de transición, para seleccionar su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), según lo establece la Reforma Pensional (Ley 2381 de 2024). Esta decisión impactará a quienes ganen más de 2,3 salarios mínimos mensuales ($3’274.050), monto que define el reparto entre el Componente de Prima Media administrado por Colpensiones y las ACCAI.

Las ACCAI son entidades que administrarán las cotizaciones que superen los 2,3 salarios mínimos, y los afiliados que no elijan una antes de la fecha límite serán asignados automáticamente a una de las cuatro autorizadas: Protección, Porvenir, Skandia o Colfondos. Los aportes al Componente Complementario comenzarán a realizarse desde el 1 de julio de 2025, fecha en que entra en vigor la Ley 2381.

Los afiliados podrán cambiar su ACCAI después de seis meses de permanencia. Esto brinda una oportunidad para que los aportantes evalúen la calidad de los servicios ofrecidos por la entidad seleccionada o asignada, garantizando mayor libertad en la administración de sus recursos pensionales.

Empresas habilitadas para ser ACCAI

La Reforma Pensional autoriza a varias entidades, como sociedades administradoras de fondos de pensiones, fiduciarias, aseguradoras de vida, comisionistas de bolsa, Colpensiones y entidades sin ánimo de lucro, a operar como ACCAI, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC).

La SFC seguirá actualizando en su página web el listado oficial de ACCAI autorizadas, conforme a las normativas del Ministerio de Hacienda. Esto garantizará que los afiliados cuenten con información clara y confiable para tomar decisiones sobre la administración de su ahorro pensional complementario.