La Ley 2640 del 4 de noviembre de 2026 establece las condiciones jurídicas para que integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales entreguen sus armas, se sometan a la Constitución y la ley y avancen hacia la legalidad. La normativa modifica disposiciones de la Ley 418 de 1997 y contempla beneficios judiciales y programas de reincorporación, condicionados al cumplimiento de compromisos verificables con el Estado y a la garantía de los derechos de las víctimas.

El proceso podrá desarrollarse de manera individual o colectiva. En este último caso, tendrá una primera etapa administrativa, bajo responsabilidad del Gobierno, que deberá recibir las solicitudes y establecer las condiciones del sometimiento. Entre los compromisos exigidos están la entrega de armas, municiones y explosivos, la identificación de bienes provenientes de actividades ilegales, la información sobre personas desaparecidas y secuestradas y la ubicación de zonas contaminadas con minas antipersonal. Esta fase tendrá una duración máxima de tres meses, prorrogable una sola vez por un periodo igual.

Una vez suscrita el acta de sometimiento, comenzará la etapa judicial, en la que las autoridades determinarán las responsabilidades individuales y evaluarán los aportes a la verdad. La ley contempla reducciones de hasta el 50 % de las penas acumuladas, dependiendo de la colaboración con la justicia, la reparación de las víctimas y la contribución al desmantelamiento de las organizaciones. Para quienes hayan ejercido funciones de mando o liderazgo, la reducción será del 30 %. También se establece la posibilidad de acceder a libertad condicional después de cumplir las cuatro quintas partes de la condena, siempre que se acrediten los requisitos legales.

Sin embargo, los beneficios no serán automáticos. Los sometidos deberán reconocer su responsabilidad, entregar información completa y verificable sobre los delitos, abstenerse de cometer nuevas conductas criminales y aportar información sobre las fuentes de financiación, redes de apoyo y bienes obtenidos ilegalmente. Los antiguos mandos deberán cumplir al menos diez años de privación efectiva de la libertad. Esta misma exigencia se aplicará a quienes hayan tenido un papel determinante en el reclutamiento de menores, mientras que las personas condenadas por reclutamiento ilícito o utilización de menores en delitos no podrán acceder al tratamiento penal diferenciado.

La normativa también crea los Programas de Tránsito a la Legalidad, que contemplan formación laboral, educación superior, acompañamiento psicosocial y oportunidades de empleo, bajo la coordinación de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, junto con otras entidades estatales. Además, establece garantías especiales para víctimas de violencia sexual y de género, así como medidas de protección y atención integral para niños, niñas y adolescentes reclutados o utilizados por organizaciones ilegales. La ley tendrá una vigencia de cuatro años, durante los cuales el Ministerio de Justicia deberá presentar informes anuales al Congreso sobre su implementación y resultados.