El Gobierno Nacional oficializó, mediante la Resolución 002445 de 2026, una línea de crédito directo para facilitar el pago de las deudas de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) con hospitales, clínicas y proveedores de medicamentos. La medida forma parte del plan de choque del sector salud y busca cubrir obligaciones por servicios y tecnologías que ya fueron suministrados, facturados y reconocidos entre las partes.
Los créditos se financiarán con recursos administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), entidad encargada de evaluar las solicitudes y girar el dinero directamente a los prestadores y proveedores. De esta manera, los recursos no pasarán por las cuentas de las EPS, sino que se destinarán al pago de las facturas previamente conciliadas. Podrán acceder las entidades de los regímenes contributivo y subsidiado que hayan reportado pendientes de medicamentos y procedimientos entre el 1 y el 20 de septiembre de 2026, con excepción de aquellas sometidas a liquidación forzosa o que hayan solicitado su retiro voluntario del sistema.
Cada EPS podrá recibir un único crédito, desembolsado en uno o varios giros, según el monto aprobado. La tasa de interés corresponderá a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), sin puntos adicionales. Además, las entidades podrán solicitar un periodo de gracia de hasta 12 meses y dispondrán de un plazo máximo de otros 12 meses para amortizar el capital mediante cuotas mensuales. Los intereses se generarán desde cada desembolso, incluso durante el periodo de gracia.
La normativa establece mecanismos para proteger los recursos públicos, entre ellos la posibilidad de descontar las cuotas de los dineros que la ADRES deba reconocer a las EPS, la suscripción de pagarés y la exigencia anticipada del pago total en caso de incumplimiento o liquidación. Asimismo, las entidades beneficiarias deberán firmar convenios de desempeño, demostrar que los recursos se destinaron a las obligaciones autorizadas y reportar información financiera. También tendrán prohibido exigir descuentos o condonaciones a hospitales, clínicas y proveedores como condición para pagar las facturas.
Las EPS tendrán plazo hasta el 28 de febrero de 2027 para presentar las solicitudes de uso del cupo y hasta el 31 de marzo del mismo año para solicitar los desembolsos, o hasta que se agoten los recursos disponibles. El Ministerio de Salud, la ADRES y la Superintendencia Nacional de Salud conformarán una mesa de seguimiento para verificar el cumplimiento de los compromisos y la evolución de los pendientes reportados. Las entidades que no accedan a la línea también serán objeto de seguimiento para identificar posibles incumplimientos y adoptar las medidas correspondientes.
