El Ministerio de Salud expidió la Resolución 695 de 2026, con la que actualiza el listado de servicios y tecnologías que no serán cubiertos por las EPS dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS).
La medida busca priorizar intervenciones esenciales y excluir aquellas sin evidencia científica, de carácter estético o de uso personal. Según la entidad, la decisión se tomó tras un proceso participativo con expertos, asociaciones científicas, pacientes y ciudadanos en 25 departamentos y Bogotá.
La actualización se sustenta en criterios de seguridad, eficacia clínica y pertinencia. En ese marco, se excluyen procedimientos sin respaldo técnico, no autorizados, experimentales o con fines cosméticos.
Entre los principales servicios excluidos figuran cirugías y procedimientos estéticos como rinoplastia, liposucción, mamoplastia, gluteoplastia, blefaroplastia por envejecimiento y estiramientos faciales, así como depilación láser, peelings y otras correcciones con fines de embellecimiento.
También quedan por fuera algunos medicamentos según su uso clínico, como combinaciones de analgésicos con opioides en ciertos contextos, diacereína para algunos casos de artritis, minoxidil para alopecia dentro del PBS y buprenorfina en indicaciones específicas.
En materia de fertilidad, la resolución excluye procedimientos de reproducción asistida como la fecundación in vitro y la inseminación artificial.
El Ministerio reiteró que estas exclusiones buscan optimizar los recursos públicos y garantizar la financiación de servicios con efectividad comprobada y mayor impacto en la salud de la población.
