Las víctimas de los Testigos de Jehová en España pueden calificar a la organización como una “secta destructiva” sin temor a demandas, según determinó la justicia española en una decisión poco habitual frente a este movimiento religioso, conocido por emprender acciones legales contra sus críticos.
La Audiencia Provincial de Madrid confirmó el pasado 16 de abril una sentencia previa a favor de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová, al considerar que tanto el nombre de esta agrupación como sus críticas no vulneran el derecho al honor del movimiento, de acuerdo con el fallo judicial conocido este martes.
El tribunal respaldó así el derecho a cuestionar y denunciar los mecanismos de control interno de los Testigos de Jehová, al amparo de la libertad de expresión. La organización no respondió de inmediato a la solicitud de comentarios.
La resolución establece que expresiones como definir al grupo como “secta destructiva”, declararse “víctima” o conformar asociaciones con ese propósito están protegidas legalmente, incluso si resultan molestas o hirientes. También consideró legítimo afirmar que pertenecer a este movimiento puede causar daños a la salud, poner en riesgo la vida o generar víctimas.
Un cristianismo controversial
Fundados en la década de 1870 en Estados Unidos por Charles Taze Russell, los Testigos de Jehová sostienen practicar el cristianismo original. Sin embargo, han sido señalados en distintas ocasiones por presuntas prácticas de carácter sectario y por su tendencia a acudir a los tribunales contra detractores.
El caso se originó tras una demanda interpuesta por seis miembros del grupo en España contra la AEVTJ (Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová), con el objetivo de impedir el uso del término “víctimas” en su denominación y solicitar su disolución.
“Es la primera vez que en un país se reconoce que se puede calificar de secta destructiva a una religión, aunque esté legalmente registrada”, afirmó el abogado de la asociación, Carlos Bardavío, quien destacó que la decisión amplía el alcance de la libertad de expresión.
El jurista señaló que el fallo podría tener repercusiones internacionales, especialmente si el caso llega al Tribunal Supremo de España o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Para sustentar su decisión, el tribunal tuvo en cuenta documentos internos de la organización, así como los testimonios de ocho exmiembros.
Desde la AEVTJ, su presidente Samuel Ferrando celebró el fallo, al considerar que “avala nuestra voz” y legitima la labor de visibilizar a quienes se consideran afectados por el movimiento.
Ferrando destacó además que, tras la primera sentencia favorable en 2023, surgieron asociaciones similares en México y Argentina, y expresó su expectativa de que este tipo de decisiones contribuyan a revisar prácticas como el ostracismo, que implica romper vínculos con quienes abandonan la organización.
La AEVTJ, fundada en 2019, cuenta actualmente con unos 740 miembros, incluidos algunos que aún forman parte de los Testigos de Jehová.
