El Consejo de Estado revocó la medida cautelar que había suspendido provisionalmente el decreto mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el incremento del salario mínimo para 2026. Con esta decisión, quedó nuevamente en firme el Decreto 1469 de 2025, que estableció un aumento del 23 % en el salario mínimo legal mensual vigente.

La decisión fue adoptada por la Sección Segunda al resolver un recurso de súplica contra el auto del 12 de febrero de 2026. El alto tribunal concluyó que no se demostró la existencia de un perjuicio concreto que justificara mantener suspendidos los efectos del decreto mientras avanza la demanda de nulidad. Además, precisó que el análisis sobre la legalidad del incremento deberá realizarse en la sentencia que resuelva de fondo el proceso.

En su providencia, la corporación recordó que la suspensión provisional tiene como finalidad evitar que un acto administrativo continúe produciendo efectos cuando existe un riesgo evidente. Sin embargo, señaló que, tras la suspensión inicial, el Gobierno expidió el Decreto 159 de 2026 para cumplir la orden judicial, aunque mantuvo el mismo incremento del 23 % y el mismo valor del salario mínimo, por lo que la medida cautelar no produjo cambios reales en la situación que buscaba corregir.

El Consejo de Estado indicó que la medida terminó convirtiéndose en una sustitución temporal del acto administrativo, sin contribuir a garantizar la eficacia de una futura sentencia. Incluso, cuestionó su utilidad al advertir que el resultado material fue exactamente el mismo pese a la suspensión, razón por la cual consideró que no existía un riesgo efectivo que hiciera necesaria la intervención cautelar.

Con este fallo, el alto tribunal dejó sin efectos la orden que obligaba al Gobierno a expedir un nuevo decreto sobre el salario mínimo y negó la medida cautelar solicitada por los demandantes. No obstante, aclaró que la controversia jurídica sobre la legalidad del Decreto 1469 de 2025 continúa abierta y será resuelta una vez concluya el proceso judicial, tras la práctica de pruebas y la valoración de los argumentos presentados por las partes.