Juez ordena al Museo Nacional restituir piezas retiradas
El Juzgado 24 de Familia de Bogotá ordenó al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y al Museo Nacional de Colombia restituir, en un plazo máximo de 48 horas, la totalidad de las piezas que fueron retiradas de las salas de exhibición el pasado 15 de octubre de 2026. La decisión fue adoptada por el juez César Enrique Osorio Ortiz, al resolver una acción de tutela presentada por el congresista Gabriel Becerra, del Pacto Histórico, y otras 14 personas.
En una sentencia de 38 páginas, el despacho judicial amparó los derechos fundamentales de los accionantes a la libertad de expresión, el acceso a la cultura, la educación y la memoria histórica. La tutela cuestionaba el retiro de elementos museográficos relacionados con la historia política de Colombia, el proceso de paz, los movimientos feministas y las luchas por los derechos de la población LGBTIQ+.
Según el fallo, las entidades no demostraron que la decisión de retirar las piezas estuviera respaldada por razones técnicas, curatoriales o de conservación. El juez advirtió que, aunque las autoridades tienen la facultad de modificar las exposiciones, no pueden excluir manifestaciones culturales del acceso público únicamente por desacuerdos con su contenido político o ideológico, sin una justificación objetiva que sustente la medida.
Entre los elementos que deberán regresar a sus espacios de exhibición figuran una bandera del orgullo vinculada con la activista Elizabeth Castillo, un afiche de la marcha LGBTI de 2006, piezas relacionadas con la Fundación Sí Mujer y carteles de las campañas presidenciales de Bernardo Jaramillo Ossa y Carlos Pizarro Leongómez. También se mencionan objetos asociados con la Séptima Papeleta y el proceso de paz de 2016. Durante el trámite, el Ministerio señaló que 22 piezas habían sido retiradas y permanecían inventariadas y bajo custodia en las reservas del museo.
El juez también cuestionó que los documentos presentados durante el proceso registraran el traslado de las piezas, pero no justificaran su retiro ni acreditaran una evaluación curatorial previa. Además, no se aportó un acta del Comité de Gestión Patrimonial del Museo Nacional que demostrara el estudio y la aprobación de la medida. Por ello, la sentencia ordenó mantener las obras en exhibición mientras las entidades adelantan la evaluación técnica y curatorial correspondiente, bajo criterios de protección de la memoria histórica, enfoque diferencial y de género, pluralismo, igualdad y prohibición de censura.
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