A través del decreto 0164 de 2021 la Administración Departamental estipuló medidas, acciones administrativas y de Policía transitoria tendientes a mitigar el riesgo de nuevos contagios con ocasión de lo que se ha denominado como tercer pico de la pandemia.
Por lo anterior se restringe la movilidad entre las 00:00 a.m. hasta las 5:00 a.m., desde el próximo viernes 23 de abril hasta el día 03 de mayo de 2021, sin embargo, se permite en todo momento el tránsito de personas y vehículos que para su retomo se movilicen en las fechas señaladas, así mismo, se permiten los servicios domiciliarios y el ejercicio de las actividades señaladas en el Decreto 1076 de 2020.
Así mismo, se instaura el pico y cédula en todos los municipios del departamento durante las próximas dos semanas, Los días pares a las cédulas terminadas en números par y los días impares a las cedulas terminadas en número impar. Esto es, entre las 00:00 horas del día viernes 23 de abril de 2021 hasta el 03 de mayo de 2021.
Por su parte, Los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica, y parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula.
El licor y los eventos
Se permitirá el expendio de bebidas embriagantes y consumo en restaurantes, así como en plataformas digitales o domicilios; sin embargo, está prohibido en espacios públicos, de alta concurrencia o de comercio. No se permite la apertura de discotecas y lugares de baile.
El gobierno departamental decretó la prohibición de reuniones, actos y eventos públicos en la totalidad de municipios (cabeceras municipales, centros poblados y veredas), del Departamento, del viernes 23 de abril de 2021 al lunes 03 de mayo de 2021.




