Las empresas en Colombia enfrentarán controles más estrictos sobre la tercerización laboral tras la expedición del Decreto 0583 de 2026 por parte del Ministerio del Trabajo. La medida busca combatir la intermediación laboral ilegal y fortalecer la protección de los derechos de los trabajadores.
La nueva normativa mantiene vigente la tercerización, pero establece una mayor vigilancia sobre figuras como las cooperativas de trabajo asociado, los contratos sindicales, las empresas de servicios temporales y otros mecanismos de intermediación. Las autoridades verificarán que estas modalidades no sean utilizadas para encubrir relaciones laborales directas o evadir obligaciones legales.
Según el decreto, las empresas que incurran en prácticas irregulares podrán ser sancionadas con multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, lo que actualmente equivale a más de 7.100 millones de pesos. Además, las sanciones podrán aumentar hasta en un 50 % en casos de reincidencia.
La normativa también contempla la revocatoria de permisos de funcionamiento para empresas de servicios temporales que vulneren los derechos laborales, así como la negación de nuevas autorizaciones cuando existan antecedentes de incumplimientos.
El Ministerio del Trabajo reiteró que la tercerización sigue siendo legal cuando se utiliza conforme a la ley. Sin embargo, advirtió que será objeto de sanción cuando se emplee para suministrar personal que desempeñe labores permanentes o misionales dentro de una empresa, situación que podría configurar una intermediación laboral ilegal.
